Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por la autoridad que le confiere la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, por vencimiento de la prórroga legal interpuso la sociedad mercantil FINANCIADORA IBEMIR, C.A., contra el ciudadano PEDRO RAFAEL PAZ, antes identificados. En consecuencia, se condena a la parte demandada, a ENTREGAR a la parte actora el apartamento No. 4 del edificio Salvador, ubicado entre las esquinas Centro América y El Salvador, de la Urbanización Las Acacias, Parroquia San Pedro, Municipio Libertador, Caracas, Distrito Capital, libre de personas y bienes, en el mismo buen estado de aseo, conservación y mantenimiento en que lo recibió y solvente en el pago de los servicios públicos y privados de que haya hecho uso en el inmueble.