(...)Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la falta de cualidad opuesta por la entidad de trabajo PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA). SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales, interpuesta por el ciudadano JOSE GREGORIO OJEDA RIVAS contra las entidades de Trabajo DIOESCONNOS, C.A. (ESTACION DE SERVICIO VALLE FRESCO) y PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA). TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.(...)