Se dictó sentencia mediante la cual se declaró LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la causa que por COBRO DE BOLIVARES que intentara la sociedad mercantil CONDOMINIOS CHACAO, C.A., en contra de los ciudadanos ENRIQUE MERINO EUGERCIOS y CARMEN NIÑO MARTINEZ DE MERINO. Como consecuencia de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 270 del Código de Procedimiento Civil, se declaró EXTINGUIDO el proceso, con el expreso señalamiento a la parte actora, que para volver a proponer la acción que nos ocupa, deberá dejar transcurrir íntegramente el lapso previsto en el artículo 271 ejusdem. Asismimo se acuerda la devolución de los originales consignados por la parte actora, previa certificación en autos, ello conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil No se hace especial condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo, ello de conformidad en lo previsto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.