-III-
DECISIÓN.
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos NUVIS NOEMI INAGA RANGEL y ANGEL RAFAEL ANZOLA COLMENARES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.790.659 y V-15.910.190, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 27 de abril de 2006, expedida ante el Registro Civil de la Parroquia Coche Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 12, del libro de matrimonios correspondiente al año 2006, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil. Expídanse copias certificadas de la presente decisió.....