DECISION
Este Tribunal administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional incoado por el ciudadano ANTELMO NELIO DE CAIRES DE ABREU contra la Asociación Civil CARENERO YACHT CLUB.
SEGUNDO: En virtud de la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.