Este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad que le confiere la ley, declara CON LUGAR la acción intentada por la ciudadana ANA RITA HERNANDEZ, suficientemente identificada en el cuerpo de la presente decisión. En consecuencia, se declara la existencia de una unión concubinaria entre la ciudadana accionante y el ciudadano OLINTO GARCIA MORALES, ambos identificados en el cuerpo de la presente decisión que permaneció en el tiempo, aproximadamente, desde el mes de mayo de 1994 hasta el mes de junio de 2011.
Se exime de costas a las partes en virtud de la naturaleza jurídica del fallo.