Este Tribunal Tercero de Primera Instancia, en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud de nulidad impetrada por la defensa del ciudadano CESAR CEDEÑO con relación a la falta escrita de la orden de inicio de investigación, al considerar que su omisión por escrito luego de recibida la denuncia no puede considerarse violatoria de derechos y garantías constitucionales y menos derecho a la defensa, siendo que dicho sea de paso el artículo 282 del Código orgánico procesal penal, no lo exige como requisito expreso que la orden de inicio deba efectuarse por escrito.
SEGUNDO: Decreta la NULIDAD ABSOLUTA DE LA ACUSACIÓN interpuesta por la Fiscalía Centésima Trigésima Sexta (136º) del Ministerio Públi.....