Esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio Nº XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, rectificar de forma SUMARIA, el acta de nacimiento a nombre del niño XXXX, signada con el No. 1530, de fecha veintidós (22) de agosto de dos mil dos (2002), la cual se encuentra asentada en la Oficina Civil de Registro Público del Distrito Capital, y donde colocaron el número de cédula de identidad del padre, de manera incorrecta "11.919.321" siendo lo correcto: "11.939.321", y el número de cédula de identidad de la madre, de manera incorrecta "14.305.868" siendo lo correcto: "14.385.868". Asimismo se ordena oficiar al Registrador Principal del Distrito Capital, a los fines de que efectúen la debida corrección. Arc.....