Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de este Circuito Judicial, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: NO HOMOLOGA LA TRANSACCION, presenta por la abogada CLAUDIA LOPEZ venezolana, mayor de edad, inscrita en le Inpreabogado bajo el N° 110.121, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, la CORPORACION BLUMON 27, C.A. (RESTAURANT MOKAMBO CAFÉ MERCADO) inscrita en el registro Mercantil V, Nº 39, Tomo 536-A-Qto, de fecha 27/04/2001 por una parte y el ciudadano WILLIAM GABRIEL TORRES BURGOS, mayor de edad, titular de la C.I. E-84.561.549, asistido en este acto por el abogado JOSE GREGORIO FAJARDO, abogados en ejercicio e inscritos en el IPSA bajo el Nos 95.909.