PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la apelación interpuesta por el abogado GABRIEL RAMON ACHE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 24.570, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana ELISA PRIANO BRUNETTI DE MURO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.-6.322.529. SEGUNDO: Se REPONE la causa al estado que se dicte nueva sentencia y el juez a quo se pronuncie con respecto a la joven (Se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes); TERCERO: En consecuencia, quedan nulas todas las actuaciones que se hayan realizado en el cuaderno signado con el número AH52-X-2013-000643. CUARTO: Debido que la joven (Se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), es mayor de edad se acuerda su notificación, a los fines que exponga lo conducente con relación a la obligación de manutención solicitada