Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto el 14 de mayo de 2024, siendo ratificado en fecha 17 del mismo mes y año por la abogada Julia Vicenta Rivero Melecio, en su carácter de apoderada judicial de la Junta de condominio del Edificio Jaigel, contra la decisión dictada el 07 de mayo de 2024, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.