este Tribunal Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, homologa tan sólo el desistimiento del proceso en los términos expuestos, dándole EFECTOS DE COSA JUZGADA.