En base a las consideraciones y pronunciamientos anteriores, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL celebrado entre la ciudadana DAYANA CAROLINA DELGADO CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-18.276.775, encontrándose presente el apoderado judicial de la demandante, en el abogado HECTOR JOSÉ BARRIOS TOVAR, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 144.286, y, la Entidad de Trabajo LITASTORE, C.A., representada por el abogado MIGUEL ANTONIO ECHENIQUE BELLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 253.666. SEGUNDO: Se le imparte el carácter de cosa juzgada a dicho acuerdo transa.....