En este orden de ideas, las partes previa las consideraciones discutidas en mesa, el día de hoy, inherentes: al motivo de egreso y las características o naturaleza jurídica de la relación que sostuvieron, evaluando las debilidades y fortalezas de ambas partes, han llegado al siguiente acuerdo, el cual conlleva todos los conceptos demandados: garantía de prestación; indemnización prevista en el artículo 92 LOTTT; utilidades vencidas 2022; utilidades fraccionadas; vacaciones vencidas y fraccionadas; bono vacacional vencido y fraccionado; intereses sobre prestaciones sociales; domingos y beneficio de alimentación todo lo cual ascendió a la cantidad de $5.115,00 que equivalían al cambio BCV (34,42) del momento de la presentación de la demanda a Bs.176.071,29. En este sentido, la representación judicial de la parte Demandada manifiesta que no despidió a la parte Demandante. No obstante, a los fines de evitar las molestias que ocasionan el desarrollo de un procedimiento judicial y con el ob.....