DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: DESESTIMADA la prescripción adquisitiva propuesta por la parte demandada, ciudadana ELIZABETH LESLEY HAYCOCK MAUGER.
Segundo: CON LUGAR la demanda por ACCIÓN REIVINDICATORIA, interpuesta por la sociedad mercantil REPROIMAGEN C.A., en contra de la ciudadana ELIZABETH LESLEY HAYCOCK MAUGER, ambos identificados al inicio del presente fallo. En consecuencia, se ordena a la parte demandada hacer entrega a la parte actora libre de bienes y personas el inmueble constituido por una casa quinta y la parcela de terreno sobre la cual está construida distinguida con la letra y número (B-23), Sector A, en el Plano General de la urbanización Monterrey, en Jurisdicción del Mun.....