Pues bien, oída la planificación del auxiliar de justicia, en cuanto a la asesoría que va a dar con motivo de la impugnación, esta Juzgadora pasa a establecer que se requiere una hora y 21 minutos por la realización de la misma, en consecuencia, el valor de la hora es de Bs. 2.250,00, y al multiplicarla por 1 horas y 21 minutos, da la cantidad de Bs. 3.037,05 monto en el cual este Juzgado fija los honorarios del auxiliar EDDY LARA. Así se establece
Queda establecido que la presente fijación de honorarios profesionales, no obsta para que la parte demandada pueda con la intervención del Juez celebrar convenios sobre los derechos que habrán de pagar a dichos auxiliares de justicia. Todo de conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley de Arancel Judicial. Una vez hayan cumplido su labor será librada por secretaría la correspondiente orden de pago conforme a la Ley de Arancel Judicial. Todo en el juicio seguido por el ciudadano VICTOR SENEN VELASQUEZ MARTINEZ contra la empresa RESTAU.....