Se dictó resolución mediante la cual se declara CON LUGAR la petición de Divorcio incoada por los ciudadanos YANKIRAY COROMOTO ACOSTA VASQUEZ y GUILLERMO ANTONIO MORALES JASPE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. 11.409.804 y 11.306.246, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el matrimonio civil que contrajeron el día 01/10/1992, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Recreo del Municipio Libertador del Distrito Capital.-