Se dictó sentencia interlocutoria, por medio de la cual este Juzgado se declaró incompetente para conocer de la presente acción de amparo, y se ordenó remitir el expediente a los Juzgados Superiores en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se ordenó librar oficio.