V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentes expuestas, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda de DESALOJO intentada por la ciudadana VIRGINIA DA CONCEICAO NUNES DE FREITES contra la ciudadana MARISOL BAULLOSA GUADARELLA, identificada en autos.
SEGUNDO: SE CONDENA a la parte demandada, ciudadana MARISOL BAULLOSA GUADARELLA, a hacer entrega sin plazo alguno del inmueble constituido por un local comercial situado en la planta baja del edificio "FATIMA", Nº 54, ubicado en la Avenita Este 3, entre las esquinas de Abanico a Socorro, Parroquia Altagracia del Municipio Libertador del Distrito Capital, a la ciudadana VIRGINIA DA CONCEICAO NUNES DE FREITES, libre de bienes y personas; y a pagar por concepto de indemnización de cánones de arrendamiento vencidos la cant.....