Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de República y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: declara INADMISIBLE, el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana BLANCA GUEVARA OROPEZA, en cu carácter de Fiscal 115 del Ministerio Público, en contra de la decisión dictada en fecha 17 de marzo de 2011 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en función de Control de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, mediante la cual impuso a los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA), la medida cautelar sustitutiva de libertad, prevista en el artículo 582, literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de conformidad con lo establecido en el artículo 437 literal c) del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 613 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños,.....