-PRIMERO: Se declara la IMPROPONIBILIDAD SUBJETIVA de la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES (vía ejecutiva) incoara la JUNTA DE CONDOMINIO DE RESIDENCIAS SAN FRANCISCO JAVIER, a través de su apoderada judicial, ciudadana NIGME M. VALDERRAMA, titular de la cédula de identidad Nº V-9.290.597 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 59.212, en contra de la ciudadana ROSA ANDREÍNA MATUTE RONDÓN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-15.039.084