Por cuanto la intención de las partes al celebrar la presente Transacción es que la misma produzca efecto de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en el parágrafo Único del artículo 3 de la LOT, y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, en consecuencia este Tribunal del Trabajo homologa el acuerdo de las partes.
Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará dar por terminado el presente el expediente.