PRIMERO: PRESCINDE de la figura del escabinato en la presente causa, como formula de participación ciudadana en el procedimiento penal venezolano y en consecuencia de ello, se constituye como Tribunal Unipersonal para el desarrollo del Juicio Oral y Público en la causa seguida en contra del ciudadano GREGORI ROJAS ACOSTA, de conformidad con las Sentencias Nº 3.744/2003, del 23 de Diciembre y, Nº 2.598/2004, del 16 de Noviembre, ambas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.-
SEGUNDO: FIJA para el día jueves 26 de Julio 2007, a la una de la tarde (01:00 p.m.), el acto del juicio oral y público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 344 del Código Orgánico Procesal Penal.-