IV
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos en precedencia, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de declaratoria de PREJUDICIALIDAD en el presente asunto, por la existencia una CUESTIÓN PREJUDICIAL contenida en la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO que interpusiera la ciudadana NOHELIA CAROLINA BETANCOURT ARELLANO en contra del ciudadano CÉSAR AUGUSTO DE CARO MARINO, ambos suficientemente identificados en autos, tramitada en el Expediente Judicial N° AP11-V-2011-000979 de la nomenclatura llevada por este Circuito Judicial de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito, cursante por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia del referido Circuito, que fuera admitida por éste el 1° de junio de 2012, la c.....