En este estado se deja constancia de la Incomparecencia de la parte actora si como de la parte demandada en el presente procedimiento, ni por si , ni por medio de apoderados judiciales alguno, por lo que a tenor de lo previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO.
LA JUEZ
EVELY FARIAS PAZ
LA SECRETARIA
NELLY BOLIVAR