Este Juzgado, vista que la mediación ha sido positiva, y que la misma no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público la homologa, dándole efecto de cosa juzgada. Se deja constancia que se le hace entrega a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia Preliminar. En cuanto a la solicitud de cierre y archivo del expediente, se ordenará transcurridos que sean cinco (5) días hábiles siguientes, a partir de la presente fecha.-
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA
CORINA GUERRA CONTRERAS