Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por la abogada MARIANA LIENDO, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 187.820, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha quince (15) de mayo de 2017, emanada del Juzgado Trigésimo Quinto (35°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la abogada YALITZA GUDIÑO, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 265.290, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, quien se adhirió a la apelación interpuesta por la parte actora, contra la decisión de fecha quince (15).....