DISPOSITIVO
En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Octavo (8°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso apelación interpuesto por la parte actora contra de la sentencia de fecha 18 de Marzo de 2019, emanada del Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso apelación interpuesto por la parte demandada contra de la sentencia de fecha 18 de Marzo de 2019, emanada del Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: Se revoca la sentencia apelada. CUARTO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JAIRO GOMEZ ALVARADO, en contra las co-demandadas INVERSIONES NOS, C.A (R.....