este Juzgado Octavo en funciones de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano TOMAS DARIO LOPEZ GUTIERREZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracay, Estado Aragua, donde nació en fecha 01/09/1.959, de 46 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Motorizado, grado de instrucción Sexto Grado, hijo de CARMEN GUTIERREZ (f) y de PEDRO LOPEZ (f), residenciado en Santa Rosa, Cuarta Avenida, Nº 7, Municipio Andres Eloy Blanco, Maracay, Estado Aragua, teléfono 0243-2474383, y titular de la cédula de identidad Nº V-7.189.331, por la comisión del delito de HURTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 1, con las agravantes del artículo 2 ordinal 3 de la Ley sobre el Robo y Hurto de Vehículo Automotor; ello de conformid.....