Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora (Eduin Payares) contra la decisión de fecha 10 de diciembre de 2015, dictada por el Juzgado Undécimo (11°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión in comento. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos Eduin Rafael Payares Venegas Y Hermes Rubio contra la Sociedad Mercantil Jap. Ingenieros Consultores, C.A. CUARTO: SE ORDENA a la demandada a pagar los accionantes los conceptos y cantidades condenados conforme a los parámetros y condiciones estableci.....