Por todos los razonamientos expuestos, esta Corte Superior Primera Accidental del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, actuando en Sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano Luis Alejandro Angulo Fontiveros, representado judicialmente por los abogados en ejercicio Gladys Vivas y Betty Lugo, respectivamente y asistido por el abogado en ejercicio José Tamayo; actuando en este acto en su carácter de padre de la niña(Se omite identificación de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), habida de su unión conyugal con la ciudadana Sheila Yanira Fonseca Rivas, tercera coadyuvante, representándose a sí misma,.....