Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado por el ciudadano ILICH VLADIMIR DORANTE OVALLES contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 454-14 DE FECHA 1 de julio de 2014, EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADSCRITA AL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL PROCESO SOCIAL DEL TRABAJO. SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente solicitud no hay condenatoria en costas.