Con base a las anteriores observaciones, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: Declara CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la abogada YEHANA NATALY DELGADO, en su carácter de Jueza Segunda de Primera Instancia en Funciones de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, en la Causa Nº AP01-S-2010-12473, seguida en contra del ciudadano ANTONIO DE FREITAS DA SILVA, titular de la cédula de identidad Nª V-9.416.733, por la presunta comisión del delito de HOSTIGAMIENTO, AMENAZA Y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 40, 41 y 42 todos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por considerarse incursa en la causal prevista en el numeral 7 del artículo 89 d.....