La incompetencia de este Tribunal para conocer la acción de amparo constitucional incoada por la CORPORACIÓN INDUSTRIAL AMERICER C.A., contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE LOS VALLES DEL TUY, CHARALLAVE , ESTADO MIRANDA. SEGUNDO: Se ordena la remisión del presente asunto, a los Tribunales Superiores en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante oficio.-