Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar la tacha de testigos ejercida por la representación judicial de la parte actora. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros derechos laborales incoada por la ciudadana IRENE PICO DUQUE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y portadora de la cédula de identidad número 18162925 en contra de la empresa FIT SAMBIL S.A., Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 18.05.2005, bajo el nº 7, tomo 1098-A-Qto. TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo se condena en costas a la parte actora de conformidad con las previsiones de los artícul.....