En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: CON LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO DE NULIDAD interpuesto por la empresa, DROGUERIA NENA C.A. contra el Acto Administrativo Certificación 0273-12 de fecha 11/07/2012, emanado por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda "Delegado Jesús Bravo", ente adscrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL). Así se decide.