Por los razonamientos expuestos este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la oposición propuesta por la parte demandada RAUL ENRIQUE SANTANA TARBAY a la ejecución de la transacción suscrita por las partes en este juicio autenticada en fecha 11 de septiembre de 2007, por ante la Notaria Pública Sexta del Municipio Liberador del Distrito Capital, bajo el No. 18, Tomo 139. (folios 607, 608 y 609), homologada por fallo dictado en fecha 24 de septiembre de 2007, por el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y Transito del Area Metropolitana de Caracas.