ORDENA que la presente investigación se siga por las disposiciones del procedimiento ordinario, de conformidad con el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal, e impone a los ciudadanos ALEXANDER ALBERTO PAIVA RIVERO titular de la cédula de identidad No 18.403.028 y JOSE RAMON BERMUDEZ GRANADILLO, titular de la cédula de identidad No 25.234.994, de la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, prevista en el artículo 256 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal; en agravio del ciudadano BRUNO GUGLIOTA, por cuanto considera lleno los extremos exigidos por el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en cuanto a la acreditación del delito en mención y los suficientes elementos de .....