PRIMERO: INADMISIBLE la demanda que por PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA, impetró el 13 de julio de 2017, el ciudadano JUAN ÁNGEL LARA MALDONADO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 2.141.491, asistido por el profesional del derecho MIGUEL ÁNGEL COLMENARES CASTILLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 151.150, en contra del ciudadano JACOBO SZKOLNIK BAIGELMAN, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 3.242.970.-
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la decisión no hay imposición de costas.-