Este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL BANCARIO CON COMPETENCIA NACIONAL Y SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS (EN TRANSICION), Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo estatuído en los artículos 12, 242, 233, 243 Y 206 del Código de Procedimiento Civil, declara: IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE NULIDAD SOLICITADA EN ESCRITO PRESENTADO EL 30-11-2009 , diligencia del 3-12-2009,Y EXTEMPORANEAS las apelaciones del 21 de abril de 2009 y 7-12-2009, en el Juicio intentado por BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, S.A.C.A. contra el ciudadano ANDY ENRIQUE COLMENARES ATENCIO, ya identificados en la primera parte de esta decisión.