Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Trigésimo Segundo (32º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el reclamo o impugnación interpuesto por la representación Judicial de la parte actora. SEGUNDO: Se declara firme la experticia presentada por el experto contable José Herrera en fecha 11 de julio de 2013 y se establece como monto total a pagar por la demandada al actor por los conceptos condenados en la sentencia del Juzgado Octavo Superior del Trabajo de este Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas dictada en fecha 26 de abril de 2013, la cantidad de DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE BOLÌVARES CON NOVENTA Y TRES CÈNTIMOS (Bs. 2.967,93), tal como fue calculado en la experticia supra mencionada. TERCERO: Se ordena a .....