PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos, JOSÉ ANDRÉS CAMPOS RAMÍREZ y ROSA MARÍA LEMUS DE CAMPOS, titulares de las cédulas de identidad números 9.224.955 y 13.526.501, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos, ante la antigua Jefatura del Municipio Sucre del Distrito Federal, hoy Registro Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 09 de julio de 1987, Acta Nº 353.