Se dictó resolución mediante la cual se homologo el Convenimiento de Obligación Alimentaria, suscrito por los ciudadanos LISCANO LOPEZ CARLOS EDUARDO y MOYA PEREZ LENNA SUHEIL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédulas de Identidad Nros. 12.244.294 y 12.782.402, respectivamente, en su condición de progenitores de la niña SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, acuerdan establecer modalidad de obligación alimentaría en interés superior a ésta.