En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Décimo Octavo (18º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por el ciudadano DENNIS ARMANDO SIERRA BUITRAGO contra la entidad de trabajo "RESTAURANT CALDOS", condenándose a esta última a pagar al referido ciudadano, las siguientes cantidades y conceptos: 1.- Por antigüedad: Bs. 118.243,02. 2.- Por Indemnización del artículo 92 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras: Bs. 118.243,02. 3.- Por vacaciones fraccionadas: Bs. 7.499,62. 4.- Por bono vacacional fraccionado: Bs. 7.499,62. 5.- Por utilidades fraccionadas: Bs. 14.999,28. Para un total condenado a pagar a la parte actora de doscientos sesenta y sei.....