Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 24 de mayo de 2016, por el abogado JESUS ESCUDERO, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 65.548, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, sociedad mercantil PROMOCIONES TOP-19-20, C.A, contra la sentencia dictada el 02 de mayo del 2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se declara La INADMISIBILIDAD ex officio de la demanda de ejecución de hipoteca que intentara la sociedad mercantil PROMOCIONES TOP-19-20, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Jud.....