DESTACAMENTO DE TRABAJO: Cuando cumpla una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta, es decir, UN (1) AÑO Y OCHO (8) MESES, que cumplirá en fecha 03/09/2008.
RÉGIMEN ABIERTO: Cuando cumpla una tercera (1/3) parte de la pena impuesta, es decir, DOS (2) AÑOS, DOS (2) MESES Y VEINTE (20) DIAS, que cumplirá en fecha 23/09/2009.
LIBERTAD CONDICIONAL: Cuando cumpla las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta, es decir, CUATRO (4) AÑOS, CINCO (5) MESES Y DIEZ (10) DIAS, que cumplirá en fecha 13/06/2011.
CONFINAMIENTO: Cuando cumpla las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta, es decir, CINCO (5) AÑOS, que cumplirá en fecha 03/01/2012.-
Igualmente el penado JUNIOR JOSE MOREY ZAPATA, quedó condenado a las penas accesorias contenidas en el artículo 16 del Código Penal, las cuales son:
Inhabilitación Política: Durante el tiempo de la condena, es decir hasta el 02/09/2013, y según lo dispone el artículo 24 del Código Penal, consiste en la privación de los cargos o emp.....