Por las razones expuestas, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra el auto de fecha 26 de marzo de 2014, dictado por el Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio incoado por la ciudadana Mayerling Vargas y otros contra la Sociedad Mercantil Transporte de Valores de Venezuela (Transvalven, C.A.), en consecuencia se confirma el auto in comento.