DISPOSITIVA.-
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Unipersonal Trigésimo (30º) de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los Artículos 322, 48 numeral 7º en concordancia con lo pautado en el Artículo 318 numeral 3º todos del Código Orgánico Procesal Penal, decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente Causa JJ-30U-215-02, seguida al Acusado OSWALDO JOSÉ SALGADO, de Nacionalidad Venezolana, Natural de Caracas, nacido en data 20-08-1979, de 26 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Buhonero, hijo de RAMONA SALGADO y ROQUE HERRERA, Residenciado en Barrio Nuevo Horizonte, Calle Nº 07, Casa Nº 77, Catia, Parroquia Sucre, Mun. Libertador, Caracas y titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.614.859, por la comisión del delito de HURTO CON DESTREZA, previsto y sa.....