En virtud de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, niega la homologación de la transacción suscrita entre INTERLAGO TRANSPORT, C. A., y ROWART DE VENEZUELA, S. A., identificada en autos.