este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por SIMULACIÓN incoara la ciudadana MAGALY JOSEFINA UZCATEGUI DAVILA, contra los ciudadanos CLONDI MARBELLI CACIQUE y FRANKLIN DE JESÚS BRICEÑO GUTIERREZ, antes identificados.
SEGUNDO: En consecuencia se declara la NULIDAD del contrato de Compra-Venta Simulado celebrado entre la ciudadana CLONDI MARBELLI CACIQUE, y el ciudadano FRANKLIN DE JESÚS BRICEÑO, antes identificados, sobre un inmueble ubicado en los Chorros, Transversal Nº 7, casa Nº 3, de la Urbanización el Rosario, Parroquia Leoncio Martínez, Municipio Sucre del Estado Miranda, (Inmueble Objeto de la presente Demanda) e inscrito en la Oficina del Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Sucre del Estado Miranda, en fecha 2.....